Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2024-171)
BOP-2024-171 Aprobación definitiva creación Agrupación Local de Protección Civil de Talaveruela de la Vera y Reglamento de Organización y Funcionamiento del mismo.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL
DE VOLUNTARIOS/AS DE PROTECCIÓN CIVIL DE TALAVERUELA DE LA VERA.
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TALAVERUELA DE LA VERA
16.5.- Se considerarán faltas graves y se sancionarán con suspensión desde uno a seis
meses, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes:
16.5.1.- Negarse al cumplimiento de las misiones que le sean encomendadas
sin causa que los justifique.
16.5.2.- La utilización fuera de los actos propios del servicio del equipo, material
y distintivos de Protección Civil.
16.5.3.- El deterioro por negligencia, pérdida del equipo, material, bienes y
documentos del Servicio a su cargo o custodia.
16.5.4.- Las omisiones o infracciones graves a lo preceptuado en este
Reglamento.
16.5.5.- La acumulación de tres faltas leves.
16.6.- Se considerarán causas de expulsión, como consecuencia de faltas muy
graves, las siguientes:
16.6.1.- Dejar de cumplir, sin causas justificadas, las exigencias del servicio.
16.6.2.- Observar mala conducta o haber sido sancionado reiteradamente por
faltas graves.
16.6.3.- Haber sido condenado por acto delictivo a excepción de las condenas
derivadas de accidentes de circulación.
16.6.4.- Utilizar o exhibir indebidamente las identificaciones del servicio.
16.6.5.- La agresión de palabra y obra a cualquier miembro del servicio y la
desobediencia que afecte a la misión que debe cumplir.
16.6.6.- El negarse a cumplir las sanciones de suspensión que le fueran
impuestas.
16.6.7.- El incumplimiento muy grave de lo establecido en el presente
reglamento.
CVE:
BOP-2024-171
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Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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