Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2024-171)
BOP-2024-171 Aprobación definitiva creación Agrupación Local de Protección Civil de Talaveruela de la Vera y Reglamento de Organización y Funcionamiento del mismo.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL
DE VOLUNTARIOS/AS DE PROTECCIÓN CIVIL DE TALAVERUELA DE LA VERA.
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TALAVERUELA DE LA VERA
RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN Y CESE DE LOS VOLUNTARIOS EN
LA AGRUPACIÓN.
6. Incorporación.
6.1.- La colaboración voluntaria y por tiempo determinado de los ciudadanos a la
protección civil municipal se llevará a cabo mediante la incorporación de los mismos a la
Agrupación en los términos previstos en el presente Reglamento.
6.2.- La constitución y actualización de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
deberá ser aprobada por el Alcalde o, en su caso, por el Concejal Delegado.
6.3.- La adopción del acuerdo de creación y disolución de la Agrupación de Voluntarios
de Protección Civil corresponderá al Pleno del Ayuntamiento.
7. Naturaleza de la relación jurídica.
7.1.- La vinculación de los voluntarios con el Ayuntamiento no tiene el carácter de
relación laboral o administrativa, sino tan solo de colaboración voluntaria para la
prestación de servicios de modo gratuito y altruista, como medio de realización de
acciones humanitarias y de solidaridad social que constituyen el fundamento de las
relaciones de buena vecindad.
7.2.- Las agrupaciones y organizaciones de voluntariado deberán suscribir un seguro de
responsabilidad civil por danos a terceros derivados del cumplimiento de sus funciones
propias, así como de un seguro de riesgo por accidente que cubra al personal que las
integra en el ejercicio de tales funciones.
7.3.- El Ayuntamiento de Talaveruela de La Vera participara en el desarrollo, el
mantenimiento y la operatividad de la agrupación de voluntariado de protección civil
mediante el encuadre operativo, la coordinación, el suministro y mantenimiento de
sedes y equipos, las transmisiones, el aseguramiento, la formación, el reconocimiento
de las actividades y otras acciones que puedan considerarse necesarias.
8. Requisitos.
Para obtener la condición de voluntario/a de la Agrupación de Protección Civil del
Ayuntamiento de Talaveruela de La Vera las personas interesadas deberán cumplir los
siguientes requisitos:
8.1.- Tener dieciocho años cumplidos en el momento de su incorporación a la
agrupación.
CVE:
BOP-2024-171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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