Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Conquista de la Sierra. (BOP-2024-146)
BOP-2024-146 Licitación para el arrendamiento de pastos del Cercón Las Tejoneras de la Dehesa Boyal.
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Ayuntamiento de Conquista de la Sierra
Ayuntamiento de Conquista de la Sierra
C/ Juan Carlos I nº 1, Conquista de la Sierra. 10240 (Cáceres). Tfno. 927312131. Fax:
legalmente contemplados.
CAUSAS DE
RESOLUCIÓN
a. Extinción del arrendamiento, parcial o total antes del vencimiento si lo
justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, interés
general o social, debidamente motivadas, mediante resarcimiento o no
de daños, según lo dispuesto en cláusula de duración de los contratos o
en el ejercicio de las potestades de esta Corporación detalladas en este
pliego o normativa de aplicación.
b. Demora en el pago de tres recibos consecutivos por el concepto de
arrendamiento, sin perjuicio de la aplicación de las potestades de las
entidades locales en defensa de su patrimonio.
c. Incumplir gravemente la obligación de mejora o transformación de la
finca, a las que el/a arrendatario/a se hubiese comprometido en el
contrato y a aquellas otras que vengan impuestas por norma legal o
resolución judicial o administrativa.
d. No explotar la finca, aun parcialmente, o destinarla, en todo o en
parte, a fines o aprovechamientos distintos a los previstos en este
pliego.
e. El incumplimiento de la prohibición de subarriendo o cesión a favor de
terceros .
f. Causar graves daños en la finca, con dolo o negligencia manifiesta o la
comisión de un acto constitutivo de falta o delito en la propiedad
municipal.
CLÁUSULA 10. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en
este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de
Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,
aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio; los principios extraídos de la legislación
contenida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones
de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se
aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho
privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales,
cuando resulte de aplicación, y las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las
cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las
partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Cód.
Validación:
KYMZA3KQQ4APCAAGMT7TTZ7TY
Verificación:
https://conquistadelasierra.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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10
de
15
CVE:
BOP-2024-146
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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