Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-138)
BOP-2024-138 Solicitud reconocimiento carrera profesional horizontal en el ámbito de la Diputación de Cáceres.
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a) Los funcionarios de carrera y el personal laboral fijo, que hayan accedido a un subgrupo de
titulación superior por promoción interna o turno de ascenso solicitarán el reconocimiento en el
nivel que corresponda al subgrupo en el que se encuentren, teniendo derecho a percibir en su
totalidad la cuantía económica correspondiente a dicho nivel reconocido.
b) Cuando un empleado público que tenga reconocido un determinado nivel de carrera
profesional, pasa a la situación de excedencia voluntaria por nombramiento provisional
continuará percibiendo el complemento retributivo de carrera profesional correspondiente al
nivel que tuviese reconocido como funcionario de carrera o personal laboral fijo en el Subgrupo
que quede encuadrado como funcionario interino o laboral temporal durante el tiempo de
permanencia en el mismo y en caso de cese para regresar al puesto de trabajo del que es
titular u otra causa de cese será la Administración quien de oficio fijará al empleado en el
Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.
No se adjuntará la documentación que ya obre en el Área competente en materia de Personal y
Formación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para acreditar la condición de
personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino, personal indefinido o
personal laboral temporal de esta u otras Administraciones Públicas, el tiempo de ejercicio
profesional como tales y las acciones formativas recibidas y/o impartidas.
El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I,
Nivel II y/o cambio de Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, en el plazo de 10 días
hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de
Cáceres.
El Área competente en materia de Personal, una vez comprobado el mencionado
cumplimiento, procederá al reconocimiento de estos niveles, de acuerdo con la propuesta
emitida previamente de la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal
comunicándolo así al trabajador y a la Comisión correspondiente.
c) No deben presentarse solicitudes de los niveles que ya se tengan reconocidos.
SEGUNDO.- La presentación de solicitudes se realizará a través de la Sede Electrónica de la
Diputación de Cáceres en los modelos específicos establecidos expresamente y de uso
obligatorio (art. 66.6 de la Ley 39/2015) o, en la forma establecida en el artículo 16, en
concordancia con la disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2024-138
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de enero de 2024
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