Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-7895)
BOP-2024-7895 Aprobación definitiva Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.
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—Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
—Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
—Para solicitar la subvención será necesario que el /la interesado /a o la entidad esté
domiciliado 7a en la localidad, además de que, en éste último caso,lleve a cabo actividades
para fomentar el desarrollo de la misma acreditándolo fehacientemente.
—Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento
—Plazo de presentación de solicitudes, a las que serán de aplicación las previsiones del
artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
—Plazo de resolución y notificación.
—Documentos e informaciones que deben acompañar a la petición.
—Posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
—Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante
el que ha de interponerse recurso.
—Criterios de valoración de las solicitudes (Cuando se tome en consideración más de un
criterio, deberá precisarse la ponderación relativa atribuida a cada uno de ellos. En el caso de
que el procedimiento de valoración se articule en varias fases, se indicará igualmente en cuáles
de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación
exigido al solicitante para continuar en el proceso de valoración.
Cuando por razones debidamente justificadas, no sea posible precisar la ponderación atribuible
a cada uno de los criterios elegidos, se considerará que todos ellos tienen el mismo peso
relativo para realizar la valoración de las solicitudes).
—Medio de notificación o publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43, 44
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
B) Presentación de solicitudes:
La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, se presentará en el Registro
de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la
CVE:
BOP-2024-7895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de enero de 2024
N.º 0001
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