Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-7895)
BOP-2024-7895 Aprobación definitiva Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.
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Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de
las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
ARTÍCULO 1. Objeto de la Subvención.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la presente Ordenanza se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los principios
de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y
eficiencia, recogidos en dicha Ley; y en el ámbito territorial del Municipio de Belvís de Monroy
(Cáceres).
ARTÍCULO 2. Áreas Objeto de Subvención.
El Ayuntamiento, por medio de los procedimientos previstos en esta Ordenanza, podrá
conceder subvenciones en las siguientes áreas:
a) Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, fomento de la lectura, ocio y tiempo libre, cultura
tradicional, encuentros y otras actividades.
b) Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los programas de
formación práctica musical.
c) Deportes: gastos derivados de participación en competiciones oficiales, gozando de especial
protección el deporte de la infancia y juventud fomentando la adquisición de medios y
equipamiento para su práctica; también podrán ser objeto de subvención los eventos
deportivos especiales.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas
con la formación; así como el uso de las nuevas tecnologías.
e) Juventud: fomento e implantación del asociacionismo.
f) Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector.
g) Turismo social: aquellas actividades turísticas con un marcado objeto cultural.
h) Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector.
CVE:
BOP-2024-7895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de enero de 2024
N.º 0001
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