Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2023-7798)
BOP-2023-7798 Aprobación definitiva modificación Ordenanza fiscal reguladora de tasa prestación del servicio alcantarillado,tratamiento y depuración aguas residuales.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
entre la red y la finca no exceda de cien metros, y se devengará la tasa aún cuando los/as
interesados/as no procedan a efectuar la acometida a la red.
Artículo 7.- Declaración, liquidación e ingreso.
1.- Los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente formularán las declaraciones de alta y baja
en el censo de sujetos pasivos de la tasa, en el plazo que media entre la fecha en que se
produzca la variación en la titularidad de la finca y el último día del mes natural siguiente. Estas
últimas declaraciones surtirán efectos a partir de la primera liquidación que se practique una
vez finalizado el plazo de presentación de dichas declaraciones de alta y baja. La inclusión
inicial en el Censo se hará de oficio una vez concedida la licencia de acometida a la red.
2.- En el supuesto de licencia de acometida, el contribuyente formulará la oportuna solicitud y
los servicios tributarios de este Ayuntamiento, una vez concedida aquella, practicarán la
liquidación que proceda, que será notificada para ingreso directo en la forma y plazos que
señala el Reglamento General de Recaudación.
3.- El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones, y
organizaciones representativas de los sujetos pasivos de la tasa, con el fin de simplificar el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellas o los
procedimientos de liquidación o recaudación.
DISPOSICIÓN FINAL: La presente Ordenanza Fiscal, que fue aprobada por el Pleno de este
Ayuntamiento en sesión celebrada el día 05 de octubre de 2023, entrará en vigor el día de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde
su modificación o su derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de EXTREMADURA con sede en CÁCERES,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Pozuelo de Zarzón , 21 de diciembre de 2023
Sheila Martín Gil
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-7798
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de diciembre de 2023
N.º 0245
Pág. 33623