Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2023-7765)
BOP-2023-7765 Aprobación definitiva reglamento régimen interno EPD La Sierra Emplea II
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Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y
posibilidades personales.
Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos
cauces que para tal fin se dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
Deberes
Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas prestan sus servicios en el
proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus
funciones.
Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás
disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan Formativo y ejecutar de forma
responsable las tareas que se contemplan en el mismo.
Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
ASISTENCIA
El alumnado- trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su
monitor, a quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia, de lo contrario se le imputará
una falta por abandono de puesto de trabajo, en caso de producirse reiteración, se procederá a
abrir expediente disciplinario, y si procede llegar al despido
Los justificantes de faltas tendrán que poner expresamente cuánto tiempo puede estar ausente
del programa. El justificante de haber asistido a consulta NO justifica todo el día de trabajo.
En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza de localidad distinta, se analizarán por
parte del Equipo Técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
Todas las horas que el alumnado-trabajador no asista al puesto de trabajo ya sean faltas
justificadas o no justificadas serán descontadas del cómputo total de horas del módulo
formativo que se esté impartiendo. No obstante si no se asiste al 75% de la formación teórico-
CVE:
BOP-2023-7765
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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