Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2023-7754)
BOP-2023-7754 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa Por Prestación de Servicio de Residencia de Mayores San Gregorio (Mixta), Centro de Día (Mixta) y Servicio de Comedor.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa Por Prestación de Servicio de Residencia de Mayores San
Gregorio (Mixta), Centro de Día (Mixta) y Servicio de Comedor.
Acuerdo del Pleno de fecha05/10/2023 de la Entidad dePozuelo de Zarzón por el que se
aprueba definitivamente la MODIFICACIÓN de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
prestación del servicio de Residencia de Mayores San Gregorio (mixta), Centro de Día (mixta) y
servicio de Comedor.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de MODIFICACIÓN de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de Residencia de Mayores
San Gregorio (mixta), Centro de Día (mixta) y servicio de Comedor., cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RESIDENCIA DE MAYORES SAN GREGORIO (MIXTA), CENTRO DE DÍA (MIXTO) Y
SERVICIO DE COMEDOR.
Artículo 1.- Fundamento y Régimen Jurídico.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
y de conformidad con la previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Re- fundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, establece la tasa por la prestación del Servicio de Residencia de Mayores (Mixta),
Centro de Día (Mixto) y Servicio de Comedor, que se regulará por la presente Ordenanza.
Artículo 2.- Hecho Imponible.
El hecho imponible está constituido por la utilización del Servicio de Residencia de Mayores
CVE:
BOP-2023-7754
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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