Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-7700)
BOP-2023-7700 Aprobacion inicial del Reglamento de régimen interno del programa de escuela profesional dual de empleo "SOCIOSANITARIA ALÍA".
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Reglamento de Régimen Interno Escuela Profesional Dual “sociosanitaria-alía”
Centro de Formación D. José Serrano Álvarez C/ Constitución, 38-10137 Alía (Cáceres) P1001700B E-mail:
epdsociosanitaria.alia@gmail.com3
II. FUNDAMENTACIÓN y PRINCIPIOS BÁSICOS.
Artículo 1: El marco legal de referencia para definir los objetivos de las escuelas
profesionales duales de empleo se centra en la Orden de 26 de noviembre de 2020
(modificada por la orden de 13 de mayo de 2022 y por la orden de 26 de mayo de 2023) por
la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la
financiación de dichos programas.
Artículo 2: Las escuelas profesionales duales de empleo consisten en el desarrollo de
proyectos que combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en
actividades de utilidad pública o interés social, junto con la adquisición de competencias
básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través
de la profesionalización, el acompañamiento y la adquisición de la experiencia, con el
objetivo último de facilitar su inserción laboral.
De entre sus principios, objetivos y metas de la EPD “sociosanitaria-alía” cabe destacar:
• Mejorar la empleabilidad y favorecer la inserción laboral de los/as
destinatarios/as del programa.
• Dotar a los/as participantes de las competencias y capacidades que
les posibiliten su aprovechamiento y adquisición del correspondiente
Certificado de Profesionalidad.
• Identificar las trayectorias formativas y laborales de los/as
destinatarios/as de las acciones de formación.
• Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos
educativos acorde al colectivo participante.
• Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la
participación solidaria, y la adquisición de normas y hábitos de trabajo
individual y colectivo.
• Difundir la existencia del proyecto mediante un proceso de promoción
continua entre los/as vecinos/as, agentes sociales e instituciones del entorno
de las que forme parte, así como mantener una relación estrecha y
permanente con otras Escuelas Profesionales
III. ORGANIZACIÓN GENERAL.
Artículo 3: La E.P.D. “sociosanitaria-alía” seguirá los criterios organizativos de
conjunción (de esfuerzos entre los diversos órganos y personas implicados en el
cumplimiento de las finalidades y objetivos del centro), autonomía (de cada miembro del
equipo para que, respetando las orientaciones generales del centro, pueda tener plena libertad
y autonomía de decisión y acción en el ámbito de sus competencias), responsabilidad y
coordinación.
Artículo 4: La organización general corresponde a dos niveles:
CVE:
BOP-2023-7700
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de diciembre de 2023
N.º 0243
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