Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-7669)
BOP-2023-7669 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
 El obligado tributario que hubiera sido requerido por la
Inspección deberá personarse, por sí o por medio de
representante, en el lugar, día y hora señalados para la
práctica de las actuaciones, y deberá aportar o tener a
disposición de la Inspección la documentación y demás
elementos solicitados.
 Excepcionalmente, y de forma motivada, la Inspección
podrá requerir la comparecencia personal del obligado
tributario cuando la naturaleza de las actuaciones a
realizar así lo exija.
4.- Los funcionarios que desempeñen funciones de inspección serán
considerados agentes de la autoridad y deberán acreditar su condición,
si son requeridos para ello, fuera de las oficinas públicas. Las
autoridades públicas prestarán la protección y el auxilio necesario a los
funcionarios para el ejercicio de las funciones de inspección.
CAPÍTULO II.
DOCUMENTACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
INSPECCIÓN.
Artículo 87. Documentación de las actuaciones de la inspección.
Las actuaciones de la Inspección de los Tributos se documentarán en:
 Comunicaciones,
 Diligencias,
 Informes y
 Actas.
Artículo 88. Actas. Valor probatorio.
1.- Las actas son los documentos públicos que extiende la Inspección de
los Tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones
inspectoras de comprobación e investigación, proponiendo la
regularización que estime procedente de la situación tributaria del
obligado o declarando correcta la misma.
2.- Las actas extendidas por la Inspección de los Tributos tienen
naturaleza de documentos públicos y hacen prueba de los hechos que
motiven su formalización, salvo que se acredite lo contrario.
3.- Los hechos aceptados por los obligados tributarios en las actas de
inspección se presumen ciertos y sólo podrán rectificarse mediante
prueba de haber incurrido en error de hecho.
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Cód.
Validación:
7H2CGRN5MFNRHQH7RMGARQYM5
Verificación:
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Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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