Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-7646)
BOP-2023-7646 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Punto Limpio de residuos sólidos urbanos y de acopio de residuos de la construcción y de demoliciones.
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g. Electrodomésticos y aparatos eléctricos.
h. Restos biodegradables de podas y jardinería en general.
2. En el Punto de Acopio de Red:
a. Escombros o cualquier otro material inerte procedente de obras menores. Estos
residuos no podrán contener ninguna sustancia peligrosa como amianto, disolventes y
algunos aditivos del hormigón o ciertas pinturas, resinas o plásticos, ni estarán
mezclados con materiales solubles, combustibles ni biodegradables.
b. Restos metálicos de hogares: aluminio, hierro, cobre, bronce, aceros, etc.
c. Maderas Tablones, tablas, pales, pequeños muebles de madera.
d. Cristal plano de ventanas, cuadros, espejos, etc.
3. Residuos especiales:
a. Pilas.
b. Fluorescentes.
c. Aceites de cocina usados, minerales, vegetales, usados, procedentes de
particulares. Se excluyen los de procedencia de mecánica, talleres y vehículos.
ARTÍCULO 9. Formas de presentación de los residuos.
Para la recogida de los residuos anteriormente mencionados, estos deberán entregarse de
acuerdo a unas normas de presentación, las cuales son:
1. Papel y cartón: las cajas de cartón se deberán abrir y comprimir para reducir el
volumen de los residuos. Asimismo, el papel se deberá prensar y presentar atados o en
bolsas o cajas cerradas para evitar su esparcimiento.
2. Vidrio, fluorescentes y cristales varios: los residuos de cristales deberán
acondicionarse de tal forma que se evite su rotura y pueda ocasionar riesgos de
seguridad para las personas encargadas en la manipulación de los residuos.
3. Pilas: se deberán separar los diferentes tipos de pilas, bien sean de botón, salinas
o alcalinas.
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Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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