Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2023-7638)
BOP-2023-7638 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
fincas, locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que se
desarrollen actividades o explotaciones sometidas a gravamen, existan
bienes sujetos a tributación, se produzcan hechos imponibles o
supuestos de hecho de las obligaciones tributarias o exista alguna
prueba de los mismos.
 Si la persona bajo cuya custodia se encontraren los
lugares mencionados en el párrafo anterior se opusiera a
la entrada de los funcionarios de la Inspección de los
Tributos, se precisará la autorización escrita del Alcalde.
 Cuando en el ejercicio de las actuaciones inspectoras sea
necesario entrar en el domicilio constitucionalmente
protegido del obligado tributario, se aplicará lo dispuesto
en el artículo 113 de la Ley General Tributaria.
3.- Los obligados tributarios deberán atender a la Inspección y le
prestarán la debida colaboración en el desarrollo de sus funciones.
 El obligado tributario que hubiera sido requerido por la
Inspección deberá personarse, por sí o por medio de
representante, en el lugar, día y hora señalados para la
práctica de las actuaciones, y deberá aportar o tener a
disposición de la Inspección la documentación y demás
elementos solicitados.
 Excepcionalmente, y de forma motivada, la Inspección
podrá requerir la comparecencia personal del obligado
tributario cuando la naturaleza de las actuaciones a
realizar así lo exija.
4.- Los funcionarios que desempeñen funciones de inspección serán
considerados agentes de la autoridad y deberán acreditar su condición,
si son requeridos para ello, fuera de las oficinas públicas. Las
autoridades públicas prestarán la protección y el auxilio necesario a los
funcionarios para el ejercicio de las funciones de inspección.
CAPÍTULO II.
DOCUMENTACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
INSPECCIÓN.
Artículo 87: Documentación de las actuaciones de la inspección.
Las actuaciones de la Inspección de los Tributos se documentarán en:
 Comunicaciones,
 Diligencias,
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Cód.
Validación:
C3CL6N4CKFG7AH7FSQCAEFCJX
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-7638
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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