Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-7630)
BOP-2023-7630 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora de la tasa por prestación y utilización de los servicios de residencia de mayores y centro de día
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En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo
previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 184 y siguientes de la Ley
General de Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza fiscal, consta de 9 artículos y una disposición final fue aprobada por el
Pleno de la Corporación en sesión de fecha 29 de mayo de 2020 entrará en vigor y será de
aplicación el mismo día de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra la aprobación de esta Ordenanza Fiscal, se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Cedillo, 19 de diciembre de 2023
Antonio González Riscado
ALCALDE-PRESIDENTE CVE:
BOP-2023-7630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
Pág. 32816
previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 184 y siguientes de la Ley
General de Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza fiscal, consta de 9 artículos y una disposición final fue aprobada por el
Pleno de la Corporación en sesión de fecha 29 de mayo de 2020 entrará en vigor y será de
aplicación el mismo día de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra la aprobación de esta Ordenanza Fiscal, se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Cedillo, 19 de diciembre de 2023
Antonio González Riscado
ALCALDE-PRESIDENTE CVE:
BOP-2023-7630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
Pág. 32816