Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-7597)
BOP-2023-7597 Bases convocatoria de pruebas selectivas, para cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Administración General, mediante el sistema de concurso oposición, turno de Promoción Interna.
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Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la Ley 13/2015, de 8
de abril de Función Pública de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados
públicos con discapacidad y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula
el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
de ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre
circulación de trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España y demás normas
concordantes de general aplicación.
NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 18 de diciembre de 2023
Juan Miguel González Palacios
SECRETARIO GENERAL
CVE:
BOP-2023-7597
Verificable
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Jueves, 21 de diciembre de 2023
N.º 0241
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