Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7587)
BOP-2023-7587 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Guijo de Granadilla.
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CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y
general.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de
Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por la
Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias
estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o
privadas, sin perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al
Vicepresidente.
g) Órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de
servicios, de gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales y
contratos privados, cualquiera que fuera su importe y duración. Asimismo, la
adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial,
cualquiera que sea su valor.
h) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General.
i) Designar comisiones y ponencias para el estudio y formulación de propuestas en
las materias del objeto del consorcio.
j) Nombrar y separar al personal técnico, administrativo y laboral al servicio del
consorcio y establecer su régimen de trabajo, así como aprobar las bases de
selección y contratación del personal, de conformidad con lo previsto en el artículo
7.1 de los presentes Estatutos.
CVE:
BOP-2023-7587
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de diciembre de 2023
N.º 0241
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