Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7569)
BOP-2023-7569 Bases de la convocatoria de cuatro plazas de Ordenanzas a través del turno libre y de discapacidad.
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ÁREA DE PERSONAL, FORMACION Y S.E.P.E.I.
segunda, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El
cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes en la forma prevista en la Base Décima.
Se deberá acreditar al presentar la solicitud, que reúnen el grado de discapacidad
requerido. Podrán formalizar una declaración responsable, en cuyo caso, si obtuviesen plaza,
deberán aportar, con carácter previo a la toma de posesión, certificación acreditativa del grado de
discapacidad emitida por los órganos correspondientes de la Administración competente referida a
fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado
por una sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La lista provisional será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el
Tablón Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de
diez días que se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no
subsanen los defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, en las
direcciones indicadas en la base novena, una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En
dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase
de oposición.
4.4 Las relaciones de personas aspirantes, tanto admitidas como excluidas, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría
establecida en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la
forma que se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
CVE:
BOP-2023-7569
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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