Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7569)
BOP-2023-7569 Bases de la convocatoria de cuatro plazas de Ordenanzas a través del turno libre y de discapacidad.
24 páginas totales
Página
ÁREA DE PERSONAL, FORMACION Y S.E.P.E.I.
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 4 PLAZAS DE ORDENANZAS MEDIANTE
CONCURSO-OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE Y DE DISCAPACIDAD.
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, el proceso selectivo para cubrir 2 plazas de
Ordenanzas mediante concurso-oposición por el turno libre y 2 plazas por el turno de
discapacidad, de la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Cáceres,
dentro del marco general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público de 2022 y 2023, de
conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
la Función Pública de Extremadura, dictada en su desarrollo, así como el Decreto 111/2017, de 18
de julio por el que se regula el acceso de las personas con dicapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, previa negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación
de empleados Públicos, así como lo dispuesto en las Bases Generales que regulan los aspectos
comunes a los procesos de selección en la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos
Autónomos. aprobadas por Resolución de 11 de junio de 2021 (BOP n.º 111, de 15 de junio).
1.2.- Las plazas que queden vacantes del turno de discapacidad se acumularán a las de
turno libre.
1.3. El proceso selectivo tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de
1976 y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre
mujeres y hombres de la Diputación Provincial de Cáceres.
SEGUNDA. Requisitos de aspirantes.
a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
CVE:
BOP-2023-7569
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
Pág. 32528