Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7563)
BOP-2023-7563 Bases de la convocatoria de dos plazas de Técnicos/as de Gestión de Administración General a través del turno de promoción interna.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
NOVENA.- Proceso selectivo.-
9.1. Todos los anuncios de este proceso de selección se harán públicos a través de la página web
de la Diputación Provincial de Cáceres (dip-caceres.es), sección empleo público y en el tablón de
anuncios electrónico.
9.2 El proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se celebrará
en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
9.3 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará pública en página corporativa de Empleo
Público la relación de aspirantes presentados y las calificaciones obtenidas y los aspirantes dispondrán
de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación
provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes
que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en
la página web de Empleo Público, en el momento que determinen las bases específicas, con indicación
de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la puntuación provisional, para
hacer alegaciones.
9.4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación
en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con
indicación del documento nacional de identidad, así como la puntuación final alcanzada.
Simultáneamente se publicarán en la página Web Empleo Público la relación de aprobados con
indicación de las puntuaciones parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al
Tribunal
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
18
CVE:
BOP-2023-7563
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
Pág. 32483
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
NOVENA.- Proceso selectivo.-
9.1. Todos los anuncios de este proceso de selección se harán públicos a través de la página web
de la Diputación Provincial de Cáceres (dip-caceres.es), sección empleo público y en el tablón de
anuncios electrónico.
9.2 El proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se celebrará
en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
9.3 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará pública en página corporativa de Empleo
Público la relación de aspirantes presentados y las calificaciones obtenidas y los aspirantes dispondrán
de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación
provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes
que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en
la página web de Empleo Público, en el momento que determinen las bases específicas, con indicación
de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la puntuación provisional, para
hacer alegaciones.
9.4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación
en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con
indicación del documento nacional de identidad, así como la puntuación final alcanzada.
Simultáneamente se publicarán en la página Web Empleo Público la relación de aprobados con
indicación de las puntuaciones parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al
Tribunal
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
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Pág. 32483