Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7563)
BOP-2023-7563 Bases de la convocatoria de dos plazas de Técnicos/as de Gestión de Administración General a través del turno de promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
Solamente serán valorados los cursos de formación impartidos o recibidos dentro de los 18
ultimos años naturales anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de Cáceres.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. La valoración por horas se realizará
mediante la suma del total de ellas de los distintos cursos y estableciendo la equivalencia a créditos
para ser valorados conforme a éstos. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas
venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías.
Se acreditará tal mérito:
- Mediante copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y número de
créditos y/o horas asignados, o mediante.
- O mediante copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo
de la Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.1- Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se valorarán
con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con
10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.2- Por impartir:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación será de 0,192 de
acuerdo con la siguiente baremación:
15
CVE:
BOP-2023-7563
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
Pág. 32480
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
Solamente serán valorados los cursos de formación impartidos o recibidos dentro de los 18
ultimos años naturales anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de Cáceres.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. La valoración por horas se realizará
mediante la suma del total de ellas de los distintos cursos y estableciendo la equivalencia a créditos
para ser valorados conforme a éstos. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas
venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías.
Se acreditará tal mérito:
- Mediante copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y número de
créditos y/o horas asignados, o mediante.
- O mediante copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo
de la Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.1- Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se valorarán
con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con
10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.2- Por impartir:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación será de 0,192 de
acuerdo con la siguiente baremación:
15
CVE:
BOP-2023-7563
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
Pág. 32480