Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7516)
BOP-2023-7516 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Cedillo.
13 páginas totales
Página
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos miembros
de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la Presidencia o
Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma nombrado
por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas que
puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las dos
administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones relacionadas con
la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento ser regirá por lo dispuesto en el
presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DUODÉCIMA- Comprobación, inspección y vigilancia de las infraestructuras, instalaciones y
equipo vinculados al servicio encomendado.
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de saneamiento en
“alta” y depuración de aguas residuales en el que se describirán detalladamente, con reportaje
fotográfico, el estado en que se encuentran las instalaciones e infraestructuras donde se presta
el servicio, incluyendo el personal adscrito al mismo y que deberá incorporarse en la gestión
futura a prestar por el Consorcio MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el Consorcio MásMedio
desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la optimización de las instalaciones del
servicio, según la planificación establecida en el Informe Técnico-Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si la ENTIDAD LOCAL de forma unilateral estimase conveniente resolver anticipadamente el
Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los daños y perjuicios ocasionados, y
devolver posibles anticipos que pudiera haber recibido por cualquier concepto, así como los
importes de las actuaciones realizadas. Para ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio
realizarán un informe técnico-económico que reflejen los perjuicios causados y las
indemnizaciones que correspondan, que será trasladado la ENTIDAD LOCAL, en trámite de
audiencia, para la formulación de alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución por la
Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos correspondientes.
CVE:
BOP-2023-7516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de diciembre de 2023
N.º 0239
Pág. 31957