Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2023-7458)
BOP-2023-7458 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza reguladora de la Tasa por la utilización temporal y esporádica de edificios, locales e instalaciones de titularidad Municipal.
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porque la actividad administrativa correspondiente si bien es de solicitud o recepción voluntaria,
no es prestada en esta localidad por el sector privado, todo ello a tenor de lo establecido en el
art. 20.1 de la Ley 39/88, Reguladora de las Haciendas Locales.
ARTÍCULO 2.- PROHIBICIONES.
Queda prohibido cualquier actividad que no haya sido previamente autorizada por el
Ayuntamiento que será conocedor de la misma ante de su uso.
La utilización del salón multiusos queda restringida a actividades de carácter social, quedando
prohibida su utilización para eventos o fiestas de carácter privado
ARTÍCULO 3.- SUJETOS PASIVOS.
Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanza quienes se beneficien de los
servicios o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el
artículo anterior.
ARTÍCULO 4.- CONDICIONES DE USO.
1. Para proceder a la utilización de los locales e instalaciones, se deberá presentar la oportuna
solicitud en el Ayuntamiento, haciendo constar en la misma la personalidad jurídica de la
persona o asociación solicitante, así como la actividad que se pretende desarrollar, así como el
calendario y horario en que la misma se va a llevar a cabo. Una vez aprobado el uso, el edificio
estará a disposición del/los solicitantes con una antelación de dos días.
2. Será condición imprescindible que el local quede en condiciones de limpieza y conservación
idóneos cada vez que es utilizado, pudiendo ser causa de negativa para futuras utilizaciones el
incumplimiento de esta condición.
ARTÍCULO 5.- CUANTÍA.
La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el
apartado siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades:
A) UTILIZACIÓN DEL EDIFICIO DENOMINADO “SALÓN MULTIUSOS” (Restringida a
actividades de carácter social y prohibida su utilización para eventos o fiestas de carácter
privado)
CVE:
BOP-2023-7458
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de diciembre de 2023
N.º 0237
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