Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2023-7375)
BOP-2023-7375 Contrato de Explotación Bar y Venta de entradas Piscina Municipal 2023-2027.
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AYUNTAMIENTO DE CABEZABELLOSA (CÁCERES)
Las causas contempladas en las letras d) y e) del artículo 211, no son causa de
resolución del contrato de concesión de servicios.
Cuando la resolución obedezca a causas no imputables a la Administración, el importe a
abonar al concesionario por razón de la expropiación de terrenos, ejecución de obras y
adquisición de bienes que deben revertir a la Administración será el que resulte de la
valoración de la concesión.
Los efectos de la resolución del contrato se regirán por lo establecido en el artículo 295
de la LCSP.
CLÁUSULA VIGESIMOSEXTA. Reversión
Finalizado el plazo de la concesión, el servicio revertirá a la Administración, debiendo
el concesionario entregar las obras e instalaciones objeto de la concesión en un
adecuado estado de conservación y funcionamiento.
Díez días antes de la finalización del plazo de la concesión y, en consecuencia, antes de
la reversión, la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega
de los bines se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA VIGESIMOSÉPTIMA. Responsable del Contrato
En el acuerdo de adjudicación del contrato se designará un técnico municipal
responsable de la ejecución del contrato, con las funciones que se prevén en el artículo
62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en concreto
las siguientes:
—Realizar el seguimiento material de la ejecución del contrato, para constata que el
contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los términos acordados en el
contrato.
—Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia
social, fiscal y medioambiental, y en relación con los subcontratistas si los hubiera, así
como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato supongan la
aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo.
—Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier
incidente que surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de su resolución
por el órgano de contratación por el procedimiento contradictorio que establece el
artículo 97 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
—Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento
del contrato en los términos pactados, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto
puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda
implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de la ejecución
del contrato; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el
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Cód.
Validación:
7QQ4NMYGMTE5AJNZ2XCXNQN3P
Verificación:
https://cabezabellosa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
21
de
26
CVE:
BOP-2023-7375
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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