Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2023-7375)
BOP-2023-7375 Contrato de Explotación Bar y Venta de entradas Piscina Municipal 2023-2027.
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AYUNTAMIENTO DE CABEZABELLOSA (CÁCERES)
-Si el contratista decidiera finalizar el contrato, sin causa de fuerza mayor, antes del
vencimiento del mismo, abonaría a la propiedad el equivalente a la totalidad de la renta.
-El contratista no podrá instalar en las instalaciones de la piscina ningún tipo de
publicidad, distinta a la específica del bar o de las actividades que se organicen en la
misma, salvo expresa autorización municipal.
-El adjudicatario cumplirá la normativa sanitaria, laboral, fiscal y cualquier otra
reguladora de la hostelería. No podrá exponer género fuera del recinto del bar, debiendo
además respetar la realización de las actividades propias del bar, así como en especial la
normativa en vigor respecto de las condiciones de higiene y manipulación de alimentos.
-El adjudicatario remitirá un informe anual de gestión de las instalaciones a la Alcaldía
del Ayuntamiento.
-El adjudicatario no realizará cualquier tipo de obra mayor o menor, ni modificará
cualquier elemento de la piscina ni del bar o sus instalaciones, sin la preceptiva
autorización municipal, que, en caso de ser autorizadas, pasarán a ser propiedad
municipal.
-El adjudicatario sufragará los gastos de luz, agua y demás necesarios para el desarrollo
de las actividades objeto de este contrato durante todos los meses del año en que el
mismo esté vigente, mediante las domiciliaciones correspondientes, o como en su caso
proceda. Al efecto se llevará a cabo una liquidación por los servicios municipales de los
diversos suministros a la finalización del contrato. Hasta que no se instale un contador
independiente de agua, durante los meses de apertura de la piscina, al adjudicatario se le
bonificará al 100% el consumo de agua.
 En el supuesto que el adjudicatario no abonara la cantidad resultante de la citada
liquidación, se descontará de la fianza depositada las cantidades adeudadas, sin
perjuicio de exigir las responsabilidades que correspondan.
 Asimismo, será de cuenta del adjudicatario la adquisición de todo el
equipamiento y demás elementos necesarios para poner en funcionamiento los
servicios.
- El adjudicatario deberá liquidar semanalmente durante los meses de julio y agosto el
60 % de la recaudación por la venta de las entradas de la piscina.
-El adjudicatario permitirá la inspección del inmueble y sus instalaciones por los
servicios municipales competentes.
-No se destinará el bar ni los elementos del mismo a otros usos que no sean los
señalados como objeto del contrato.
19.7 Obligaciones del Ayuntamiento
18
Cód.
Validación:
7QQ4NMYGMTE5AJNZ2XCXNQN3P
Verificación:
https://cabezabellosa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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18
de
26
CVE:
BOP-2023-7375
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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