Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-7237)
BOP-2023-7237 Carrera Profesional Horizontal de Empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento.
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OCTAVO. - Cuantías reconocidas en caso de promoción.
El personal incluido en el ámbito de aplicación de este Acuerdo que perciba el complemento de
carrera y acceda mediante el procedimiento de promoción interna a nombramiento de personal
funcionario de carrera o laboral fijo de categoría superior, solicitarán el reconocimiento en el
nivel que corresponda al subgrupo en el que se encuentren, teniendo derecho a percibir en su
totalidad la cuantía económica correspondiente al nuevo nivel adquirido.
NOVENO. - Régimen transitorio inicial.
Se establece el siguiente régimen transitorio para los/as empleados/as públicos/as que tengan
la condición de funcionarios/as de carrera, laborales fijos, funcionarios/as interinos/as y
laborales indefinidos que presten servicio en el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz a la fecha de
inicio.
Dicho régimen se articula de la siguiente forma:
Nivel Inicial.- En este nivel se encontrarán todos los/as empleados/as públicos/as
funcionarios/as de carrera, personal laboral fijo, funcionarios/as interinos/as y laborales
indefinidos en servicio activo en el Ayuntamiento. Este nivel no estará retribuido.
Nivel Uno .- Se podrá solicitar una vez que se publique la convocatoria en el plazo
establecido en la misma. Sólo se tendrá en cuenta el tiempo de ejercicio profesional
para el acceso a este nivel.
El procedimiento para el reconocimiento de este nivel consistirá en la solicitud por parte de la
persona interesada, no debiendo adjuntar la documentación que ya obre en la Sección de
Gestión de Personal para acreditar la condición de personal funcionario de carrera, personal
laboral fijo, personal interino o personal indefinido de esta u otras AAPP.
El procedimiento para el reconocimiento de estos niveles consistirá en la solicitud por parte
del/la interesado/a, no debiendo adjuntar la documentación que ya obre en la Sección de
Personal para acreditar la condición de funcionario/a de carrera, personal laboral fijo,
funcionario/a interino/a y laboral indefinido de este Ayuntamiento. La Sección de Personal, una
vez comprobado el mencionado cumplimiento, procederá al reconocimiento de este nivel,
comunicándolo así al/a interesado/a y a la Comisión correspondiente.
DISPOSICIÓN FINAL. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el
Pleno de la Corporación, adquiriendo desde entonces eficacia obligacional y normativa y
vinculando directamente a las partes. Tras su aprobación por el órgano competente se
publicará en el Boletín de la Provincia.
CVE:
BOP-2023-7237
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de diciembre de 2023
N.º 0230
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