Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-7234)
BOP-2023-7234 Oferta de Empleo Público 2023 del OARGT.
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No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de
efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción
interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia
judicial.
Por tanto, la tasa de reposición de efectivos es de DOS.
Con la promulgación del Estatuto del Empleado Público, la progresión en la carrera profesional
y la promoción interna constituyen un derecho individual del empleado público que todas las
Administraciones Públicas deben impulsar a través de la participación del personal de su
organización. Así se reconoce en el art. 14 del TREBEP, cuando señala que: “Los empleados
públicos tienen los siguientes derechos de carácter individual en correspondencia con la
naturaleza jurídica de su relación de servicio: c) A la progresión en la carrera profesional y
promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante
la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación.”
El art. 18 TREBEP es el que regula la promoción interna de los funcionarios de carrera,
disponiendo en su apartado 1º que: “1. La promoción interna se realizará mediante procesos
selectivos que garanticen el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito
y capacidad así como los contemplados en el artículo 55.2 de este Estatuto.”
Respecto a la posibilidad de establecer límites a la reserva de plazas por promoción interna, los
Tribunales han mantenido tradicionalmente, como hemos visto, la imposibilidad de reservar el
100% de las plazas, ya que esto supone una contradicción con el principio de igualdad en el
acceso a la función pública. En este caso concreto, siendo que el OARGT no oferta la totalidad
de las plazas vacantes, no parece que haya inconveniente legal alguno a que pueda efectuar la
oferta siguiente:
ACCESO LIBRE: 2
PROMOCIÓN INTERNA: NINGUNA
PERSONAL LABORAL FIJO: NINGUNA
Habiendo trascurrido el plazo de tres años establecido em el artículo 70.1 del TREBEP sin que
se haya desarrollado la oferta de empleo público del ejercicio 2019 publicada el 3 de enero de
2020, se ha producido la caducidad de la misma, por lo que se hace necesario ofertar las
plazas nuevamente.
CVE:
BOP-2023-7234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de diciembre de 2023
N.º 0230
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