Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2023-7216)
BOP-2023-7216 Plan de Empleo Local.
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Activación para el empleo, los puestos de trabajo deberán contar con crédito suficiente y
adecuado y asimismo, deberá especificarse que los contratos se formalizan al amparo del
Programa de Activación para el empleo local.
Los contratos de trabajo que se formalicen al amparo de este programa, se harán a través del
nuevo “contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los
programas de activación para el empleo” (DA novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL
32/2021) por un período máximo de 12 meses.
El tipo de contrato será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
8. Colaboración con el SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura. Y ello a salvo de que las bases determinan la obligatoriedad de la preselección o
de la selección por parte del SEXPE
De cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima
igual a la duración del contrato formalizado.
Sierra de Fuentes, 21 de noviembre de 2023
Sergio Domínguez Maestre
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-7216
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de diciembre de 2023
N.º 0229
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