Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2023-7181)
BOP-2023-7181 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del servicio de recogida y transportes de residuos.
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Ordenanza de Residuos Ayuntamiento de Valencia de Alcántara
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c) Recogida mediante el depósito de los residuos por parte de los productores en
el punto limpio, fijo o móvil, de acuerdo con lo establecido en la Sección Segunda del
Capítulo 2 de este Título.
d) Recogida a través de los puntos de recogida implantados por los sistemas de
responsabilidad ampliada del productor.
e) Recogida mediante iniciativas de carácter solidario, a través de entidades de
protección social debidamente identificadas y registradas, que no supongan una
competencia al servicio municipal, previa autorización con la obligación de informar al
Ayuntamiento de las cantidades gestionadas.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en especial,
las relativas a los días y horarios de depósito y recogida de las diferentes fracciones de
residuos, condiciones y puntos de entrega, así como cualquier otra que estime conveniente
para el correcto uso del servicio.
2. El Anexo de la presente Ordenanza contiene una lista ilustrativa de los residuos que
deberán depositarse en algunas de las categorías de contenedores.
Artículo 11. Sensibilización, educación e información sobre separación y recogida de
residuos.
1. El Ayuntamiento promoverá la realización de campañas y otro tipo de actuaciones para
la sensibilización, educación e información en materia de recogida separada de residuos.
2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, el Ayuntamiento realizará igualmente
campañas, conformes con las que realicen otras Administraciones competentes, para
concienciar y sensibilizar a los ciudadanos sobre las consecuencias negativas para el medio
ambiente del consumo excesivo de bolsas de plástico de un solo uso, y otros productos
plásticos, y de los efectos de su abandono.
3. Para el desarrollo de las actuaciones señaladas en los apartados anteriores, el
Ayuntamiento podrá, entre otras medidas, firmar convenios y acuerdos de colaboración con
sujetos públicos y privados tales como universidades, organizaciones sin ánimo de lucro
Cód.
Validación:
6FPGNFKHDDD5XYKSXZKYZA4HP
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2023-7181
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de noviembre de 2023
N.º 0228
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