Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2023-7170)
BOP-2023-7170 Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaría - Intervención de la Agrupación de Ayuntamientos de Herguijuela y Conquista de la Sierra.
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Ayuntamiento de Herguijuela
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de las Solicitudes
Las solicitudes, se dirigirán al Presidente de la Agrupación de municipios, se presentarán en el Registro
Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el
plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
El resto de publicaciones se llevarán a cabo en la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://www.herguijuela.es/, en su Tablón de Anuncios.
Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia el cumplimiento de los requisitos para participar y los
méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debida
acreditación.
Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
 Anexo I debidamente cumplimentado.
 Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante.
 Copia auténtica u original de la titulación exigida.
 Copias auténticas u originales de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los
aspirantes.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de como máximo un
mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en
la sede electrónica de este Ayuntamiento https://www.herguijuela.es/, en su Tablón de Anuncios, se señalará un
plazo de 3 días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado
la exclusión.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://www.herguijuela.es/, en su
Tablón de Anuncios, se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el ejercicio de selección. La
convocatoria para el ejercicio deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Igualmente en la misma
resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador
Con base en lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los órganos de selección serán
colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus
miembros, tendiéndose a la paridad entre hombre y mujer.
El personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar
parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse la pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal Calificador estará constituido por:
Miembro Identidad
Ayuntamiento de Herguijuela
Plza. de España, s/n, Herguijuela. 10230 (Cáceres). Tfno. 927312059. Fax: 927312191
Cód.
Validación:
34F7Y7RL5Y5CSCXCMS7S5P72D
Verificación:
https://herguijuela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2023-7170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de noviembre de 2023
N.º 0228
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