Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7158)
BOP-2023-7158 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2024 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
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Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Cáceres, y además:
a) Adoptará las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida. Las
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la
colaboración mediante la disposición del logotipo de la Diputación, en todo el material
documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada
o, en su caso, deberán publicar en su página Web o tablón de anuncios, en su defecto, nota
informativa con las actividades programadas, subvencionadas y el importe total de la ayuda,
haciendo expresa referencia a la subvención concedida por la Diputación Provincial.
b) Comunicar cualquier eventualidad que suponga un cambio sustancial en el desarrollo de las
actividades subvencionadas. Los cambios deberán ser comunicados a la Diputación Provincial
de Cáceres mediante el documento denominado “Cambio de Actividad”, con antelación
suficiente y cómo mínimo quince días antes de la realización de la actividad, con el fin de
obtener, en su caso, la correspondiente autorización. Los cambios podrá ser autorizados,
mediante Resolución Presidencial, siempre y cuando no conlleven una alteración del objeto
subvencionado y su naturaleza esté dentro del mismo así como que resulte necesario realizar
dicho cambio en el programa propuesto y aprobado para su ejecución. No serán autorizados
los cambios de actividades previstas dentro del último mes de ejecución.
BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres.
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
CVE:
BOP-2023-7158
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de noviembre de 2023
N.º 0228
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