Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua. (BOP-2023-7113)
BOP-2023-7113 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
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a) Las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, o necesarias para la implantación,
ampliación, modificación o reforma de instalaciones de cualquier tipo.
b) Las obras de modificación o de reforma que afecten a la estructura, el aspecto exterior o la
disposición interior de los edificios, o que incidan en cualquier clase de instalaciones existentes.
c) Las obras provisionales.
d) La construcción de vados para la entrada y salida de vehículos de las fincas en la vía
pública.
e) Las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía pública por particulares o por
las empresas suministradoras de servicios públicos, que corresponderán tanto a las obras
necesarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte, canalizaciones,
conexiones y, en general, cualquier remoción del pavimento o aceras, como las necesarias
para la reposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido estropearse con las calas
mencionadas.
f) Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explanaciones, excavaciones,
terraplenados, salvo que estos actos estén detallados y programados como obras a ejecutar en
un proyecto de urbanización o edificación aprobado o autorizado.
g) Las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de las vallas, los andamios y los
andamiajes de precaución.
h) La nueva implantación, la ampliación, la modificación, la sustitución o el cambio de
emplazamiento de todo tipo de instalaciones técnicas de los servicios públicos, cualquiera que
sea su emplazamiento.
i) Los usos e instalaciones de carácter provisional.
j) La instalación, reforma o cualquier otra modificación de los soportes o vallas que tengan
publicidad o propaganda.
k) Las instalaciones subterráneas dedicadas a los aparcamientos, a las actividades
industriales, mercantiles o profesionales, a los servicios públicos o a cualquier otro uso a que
se destine el subsuelo.
l) La realización de cualesquiera otras actuaciones establecidas por los planes de ordenación o
por las ordenanzas que les sean aplicables como sujetas a licencia municipal, siempre que se
trate de construcciones, instalaciones u obras.
CVE:
BOP-2023-7113
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de noviembre de 2023
N.º 0226
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