Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cerezo. (BOP-2023-7099)
BOP-2023-7099 Ordenanza Reguladora de Limpieza de Terrenos y Solares.
11 páginas totales
Página
de salubridad y seguridad.
Artículo 3. Sujetos obligados.
Las obligaciones de limpieza, y ornato previstas en esta ordenanza recaerán:
- Limpieza de solares y parcelas: propietarios/as, usufructuarios/as y arrendatarios/as.
Cuando pertenezca a una persona el dominio directo de su solar o terreno y a otra el
dominio útil, la obligación recaerá sobre aquella que tenga el dominio útil.
- Ornato de edificios y terrenos en suelo urbano: propietarios/as y usufructuarios/as.
Artículo 4. Gestión e inspección.
El/a Alcalde/sa, a través de los Servicios de Inspección Urbanística, ejercerá la inspección de
los solares, parcelas, construcciones e instalaciones del término municipal para comprobar el
cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente ordenanza.
El personal funcionario, en el ejercicio de sus funciones, tendrán a todos los efectos legales el
carácter de agentes de la autoridad.
El Ayuntamiento de Cerezo, a través de la Alcaldía o del/a Concejal/a en quien delegue,
gestionará el cumplimiento de las obligaciones reguladas y establecidas en la presente
ordenanza, imponiendo o proponiendo la imposición, según los casos, de las sanciones que
procedan, según lo establecido en los artículos siguientes.
CAPÍTULO II. Obligaciones.
Artículo 5. Incumplimiento de las obligaciones.
Las obligaciones previstas en la presente ordenanza serán en todo caso exigibles desde la
publicación de la misma para todos/as aquellos/as obligados/as a su cumplimiento, sin
necesidad de ser expresamente compelidos para ello por parte del Ayuntamiento de Cerezo.
Por lo tanto, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza,
facultará directamente al Ayuntamiento para proceder mediante ejecución subsidiaria con la
repercusión de gastos correspondiente, que serán independientes de las sanciones a imponer.
Artículo 6. Desbroce y limpieza.
Los/as propietarios/as, y demás obligados/as al cumplimiento de la presente ordenanza
conforme a lo establecido en el artículo 3, deberán mantener los fundos, parcelas y terrenos a
CVE:
BOP-2023-7099
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de noviembre de 2023
N.º 0226
Pág. 30240