Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7091)
BOP-2023-7091 Bolsas de trabajo temporal de puestos de Técnico/a de Administración Especial, subgrupo A1 (Técnico/a Superior de Comunicación y Técnico/a Asesor/a de Relaciones Corporativas).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE GESTION DE RECURSOS
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función
de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto
111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, podrán solicitar del interesado
información adicional respecto de la adaptación solicitada.
6.2.-Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y
apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3.-Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.4.-El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes.
SÉPTIMA.- Descripción del proceso selectivo.
La selección de las personas aspirantes se realizará a través del sistema de oposición.
La oposición consistirá en la realización de un único ejercicio obligatorio y eliminatorio,
consistente en la elaboración y defensa oral de una Memoria Técnica (que se
presentará junto a la solicitud de inscripción), cuyo contenido, estructura y forma de
presentación se detalla en el anexo 3 de esta Resolución.
La Memoria Técnica se defenderá mediante exposición oral, en sesión pública ante un
Tribunal, durante un tiempo máximo de 10 minutos; durante la exposición el aspirante
no podrá consultarse la Memoria Técnica elaborada, ni hacer uso de ningún otro
material de apoyo.
CVE:
BOP-2023-7091
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de noviembre de 2023
N.º 0226
Pág. 30182
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función
de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto
111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, podrán solicitar del interesado
información adicional respecto de la adaptación solicitada.
6.2.-Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y
apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3.-Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.4.-El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes.
SÉPTIMA.- Descripción del proceso selectivo.
La selección de las personas aspirantes se realizará a través del sistema de oposición.
La oposición consistirá en la realización de un único ejercicio obligatorio y eliminatorio,
consistente en la elaboración y defensa oral de una Memoria Técnica (que se
presentará junto a la solicitud de inscripción), cuyo contenido, estructura y forma de
presentación se detalla en el anexo 3 de esta Resolución.
La Memoria Técnica se defenderá mediante exposición oral, en sesión pública ante un
Tribunal, durante un tiempo máximo de 10 minutos; durante la exposición el aspirante
no podrá consultarse la Memoria Técnica elaborada, ni hacer uso de ningún otro
material de apoyo.
CVE:
BOP-2023-7091
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de noviembre de 2023
N.º 0226
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