Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7079)
BOP-2023-7079 Convocatoria Plan de Empleo Entidades Locales 2024.
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PRÓRROGA DEL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
Las entidades beneficiarias podrán solicitar una prórroga del plazo de justificación de las
ayudas. Es obligado que dicha solicitud de prórroga esté registrada en Diputación al menos
diez días naturales antes del término de su correspondiente plazo inicial. La Diputación, a la
vista de las razones expuestas, podrá conceder o denegar la ampliación, en las condiciones
establecidas en el artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y 32 de la
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La eventual
resolución de ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de
justificación.
La Diputación Provincial de Cáceres podrá ampliar de oficio el plazo de justificación de las
ayudas, mediando causas objetivas, que deberá motivar.
BASE DÉCIMA. PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO. GRADUACIÓN DE
INCUMPLIMIENTOS. DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el artículo 36 y siguientes de la Ordenanza General de Subvenciones y artículo
37 de la Ley General de Subvenciones, exigirá a la entidad beneficiaria las cantidades que
correspondan, de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 41 y 42 de la Ley
General de Subvenciones y 94 y siguientes del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, incluidos los intereses de demora que pudieran corresponderle.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Vicepresidencia Primera de
Territorio, Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres (P.D. Resolución 5 de julio
de 2023. BOP N.º 134 del 17 de Julio de 2023).
CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS.
Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento
total, y se acredite por éste una actuación inequívoca tendente a la satisfacción de sus
compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por el número o grado de
incumplimiento de la actividad objeto de subvención, respetando el principio de
proporcionalidad.
En todo caso, se establecen los siguientes criterios para la graduación de los posibles
incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo del otorgamiento de la subvención,
CVE:
BOP-2023-7079
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de noviembre de 2023
N.º 0225
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