Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2023-7058)
BOP-2023-7058 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de agua a domicilio.
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4. Cobranza.
El percibo de esta tasa, se efectuará mediante recibo. La lectura del contador, facturación y
cobro del recibo se efectuará semestralmente.
Las cuotas liquidadas y no satisfechas en su debido tiempo, serán hechas efectivas por el
procedimiento de apremio con arreglo a las normas del Reglamento General de Recaudación.
El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones, y
organizaciones representativas de los/as sujetos pasivos de la tasa, con el fin de simplificar el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellas o los
procedimientos de liquidación o recaudación.
ARTÍCULO 6. Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a
las misma corresponda en cada caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 77 y siguientes de
la Ley General Tributaria, conforme se ordena en el art. 12 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Disposición final.
UNICA. La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2021,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Hoyos, 22 de noviembre de 2023
Oscar Antúnez García
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-7058
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de noviembre de 2023
N.º 0224
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