Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2023-6916)
BOP-2023-6916 Aprobación Plan Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de SERREJÓN
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los
mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber
de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya
más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido
en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y
entrega a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las
propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de
la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de
la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de
los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el
servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea
oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las
personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la
ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en el cumplimiento del
presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y fases del procedimiento
de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o
regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
• Elegibilidad de los gastos.
• Contratación pública.
• Regímenes de ayuda.
• Información y publicidad.
• Medio Ambiente.
• Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de
los fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio
que implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o
datos que se den a conocer, tanto interna como externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello
sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser
considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
• Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de
CVE:
BOP-2023-6916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29533
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los
mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber
de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya
más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido
en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y
entrega a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las
propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de
la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de
la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de
los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el
servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea
oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las
personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la
ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en el cumplimiento del
presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y fases del procedimiento
de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o
regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
• Elegibilidad de los gastos.
• Contratación pública.
• Regímenes de ayuda.
• Información y publicidad.
• Medio Ambiente.
• Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de
los fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio
que implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o
datos que se den a conocer, tanto interna como externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello
sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser
considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
• Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
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