Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-6882)
BOP-2023-6882 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno, Régimen Jurídico, Uso y Funcionamiento del Centro Residencial Mixto y Centro De Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
a.
Artículo 14.- Mayoría requerida.
Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple de los presentes.
Artículo 15.- Actas.
1.- En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
Número de asistentes.
Desarrollo de orden del día.
Acuerdos tomados.
2.- Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del centro.
Artículo 16.- Facultades.
Son facultades de la Asamblea General:
1.- Elaborar programas anuales de actividades, dentro de las limitaciones presupuestarias.
2.- Velar por unas relaciones de convivencia participativas entre los residentes.
3.- Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el centro, con el
objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del centro.
4.- Conocer de las posibles modificaciones sustanciales del centro, así como del cierre o
traslado del mismo.
5.- Comunicar a la dirección del centro cualquier iniciativa, sugerencia o desacuerdo que
considere oportuno, con objeto del buen funcionamiento del centro.
Artículo 17.- Responsable o Director/a del centro.
1.- Este cargo será ostentado por el Alcalde, Concejal/a de la Corporación que ostente la
delegación en la materia o empleado público determinado para tal efecto, cuando sea el
Ayuntamiento quien preste el servicio del centro por gestión directa. En caso contrario, será
el/la adjudicatario/a el/la encargado/a de contratar a la persona responsable o Director/a del
centro.
2.- Ostenta las siguientes funciones:
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que se presentan en el centro.
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29423
b.
c.
a.
Artículo 14.- Mayoría requerida.
Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple de los presentes.
Artículo 15.- Actas.
1.- En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
Número de asistentes.
Desarrollo de orden del día.
Acuerdos tomados.
2.- Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del centro.
Artículo 16.- Facultades.
Son facultades de la Asamblea General:
1.- Elaborar programas anuales de actividades, dentro de las limitaciones presupuestarias.
2.- Velar por unas relaciones de convivencia participativas entre los residentes.
3.- Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el centro, con el
objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del centro.
4.- Conocer de las posibles modificaciones sustanciales del centro, así como del cierre o
traslado del mismo.
5.- Comunicar a la dirección del centro cualquier iniciativa, sugerencia o desacuerdo que
considere oportuno, con objeto del buen funcionamiento del centro.
Artículo 17.- Responsable o Director/a del centro.
1.- Este cargo será ostentado por el Alcalde, Concejal/a de la Corporación que ostente la
delegación en la materia o empleado público determinado para tal efecto, cuando sea el
Ayuntamiento quien preste el servicio del centro por gestión directa. En caso contrario, será
el/la adjudicatario/a el/la encargado/a de contratar a la persona responsable o Director/a del
centro.
2.- Ostenta las siguientes funciones:
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que se presentan en el centro.
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
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