Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-6882)
BOP-2023-6882 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno, Régimen Jurídico, Uso y Funcionamiento del Centro Residencial Mixto y Centro De Día.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1.
2.
3.
4.
5.
TÍTULO TERCERO.- RÉGIMEN ECONÓMICO
Artículo 8.- Precio público y condiciones económicas.
El precio público a abonar por los residentes del centro residencial mixto y usuarios del
centro de día de Alía será el que en cada momento determine la correspondiente
ordenanza reguladora y será expuesta en el tablón de anuncios del centro para
conocimiento general.
Cualquier variación que afecte a la declaración de ingresos del/la residente deberá
ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento. Anualmente, todos los/as residentes y
usuarios presentarán un justificante de los ingresos que perciben y lo entregarán al
Ayuntamiento, en base a los cuales se determinará su aportación para el año en curso.
En los casos que procedan, se aplicará sobre los precios establecidos los impuestos
vigentes.
En todo caso, se tendrán en cuenta las bonificaciones y exenciones contempladas en
la normativa vigente establecidas por la consejería competente en materia de sanidad
y dependencia y se aplicarán previa justificación documental.
En el caso de que se modifique el estado físico o psíquico del/la residente y por
razones de su catalogación, este llegara a ocupar una plaza de persona dependiente,
se le aplicarán las condiciones económicas establecidas para estos últimos.
La baja del/la usuario/a, cualquiera que fuera la causa, NO implicará la devolución de
la parte no consumida de la mensualidad abonada, quedando ésta, por tanto, en poder
del Centro.
Regulación de Tarifas:
En los 15 días posteriores al ingreso, y durante toda la estancia, siempre que se observe un
cambio en la situación del residente, los profesionales sanitarios y/o sociosanitarios (DUE,
Terapeuta Ocupacional, Fisioterapeuta y Psicólogo) realizarán una evaluación de la capacidad
de la persona para la realización de las actividades básicas para la vida diaria, utilizando el
instrumento Índice de Barthel. Del mismo modo, para evaluar la dependencia funcional que
está estrechamente unida a la aparición de alteraciones cognitivas se utilizará el Test
Minimental. Estas valoraciones deben estar firmadas con el número de colegiado. En función
de los resultados obtenidos se elaborará un plan de actuación individualizado para la persona
con el objetivo de mejorar sus funciones físicas, cognitivas y funcionales, para favorecer su
autonomía.
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29420