Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-6882)
BOP-2023-6882 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno, Régimen Jurídico, Uso y Funcionamiento del Centro Residencial Mixto y Centro De Día.
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
d.
En los justificantes de pago que se expidan se detallarán, además de la cuota mensual, los
gastos originados no incluidos en la misma y suplidos por cuenta y orden del/la residente.
Los gastos que se originen por defunción serán por cuenta del/la residente o de los familiares
responsables obligados/as. Las personas usuarias en el Centro de día tendrán los siguientes
derechos:
a) Manutención: Desayuno, refrigerio y comida en el centro.
b) A utilización de los servicios comunes que las condiciones que se establezcan en las normas
de funcionamiento interno.
c) Recibir un trato correcto por parte del personal y de las personas usuarias.
d) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro.
e) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales, recreativas, de prevención de la
enfermedad y promoción de la salud que se organice.
f) Elevar por escrito o de palabra al órgano directivo o al representante del centro propuestas
relativas a la mejora de los servicios.
g) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/la residente en
el ámbito del centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se determinen.
h) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad, a
la expresión de sus ideas culturales, políticas y religiosas.
Artículo 7.- Deberes de los/as residentes.
Las personas residentes del centro residencial tendrán los siguientes deberes:
Conocer y cumplir el presente reglamento de régimen interior.
Deberán empadronarse en el municipio de Alía, de conformidad con lo dispuesto en la
legislación vigente.
Abonar el importe de los servicios recibidos, en la forma que se establezca en la
ordenanza reguladora del precio público.
Respetar el buen uso de todas las instalaciones del centro y colaborar en su
mantenimiento. Así mismo, deberán comunicar a los/as responsables del centro las
anomalías e irregularidades que se observen, así como las posibles averías en las
instalaciones.
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29418
b.
c.
d.
En los justificantes de pago que se expidan se detallarán, además de la cuota mensual, los
gastos originados no incluidos en la misma y suplidos por cuenta y orden del/la residente.
Los gastos que se originen por defunción serán por cuenta del/la residente o de los familiares
responsables obligados/as. Las personas usuarias en el Centro de día tendrán los siguientes
derechos:
a) Manutención: Desayuno, refrigerio y comida en el centro.
b) A utilización de los servicios comunes que las condiciones que se establezcan en las normas
de funcionamiento interno.
c) Recibir un trato correcto por parte del personal y de las personas usuarias.
d) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro.
e) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales, recreativas, de prevención de la
enfermedad y promoción de la salud que se organice.
f) Elevar por escrito o de palabra al órgano directivo o al representante del centro propuestas
relativas a la mejora de los servicios.
g) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/la residente en
el ámbito del centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se determinen.
h) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad, a
la expresión de sus ideas culturales, políticas y religiosas.
Artículo 7.- Deberes de los/as residentes.
Las personas residentes del centro residencial tendrán los siguientes deberes:
Conocer y cumplir el presente reglamento de régimen interior.
Deberán empadronarse en el municipio de Alía, de conformidad con lo dispuesto en la
legislación vigente.
Abonar el importe de los servicios recibidos, en la forma que se establezca en la
ordenanza reguladora del precio público.
Respetar el buen uso de todas las instalaciones del centro y colaborar en su
mantenimiento. Así mismo, deberán comunicar a los/as responsables del centro las
anomalías e irregularidades que se observen, así como las posibles averías en las
instalaciones.
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29418