Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-6882)
BOP-2023-6882 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno, Régimen Jurídico, Uso y Funcionamiento del Centro Residencial Mixto y Centro De Día.
26 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Alojamiento digno: utilización de la habitación asignada y uso de las zonas y servicios
comunes en los términos autorizados.
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena y resopón. El
menú será común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten
un régimen de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas y con el mismo derecho de otros residentes a dicha
utilización.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los empleados del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro, videollamadas o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Participar de las actividades comunes que se realicen.
Respeto a sus derechos fundamentales, y en especial a la intimidad, la libertad política
e ideológica y la libertad de expresión.
A reserva de la plaza al residente que se ausente del centro, previa comunicación, por
un plazo seguido de hasta dos meses o plazo superior si la ausencia está motivada por
motivos de salud o familiares graves. La reserva de plaza por plazo superior requerirá
autorización expresa del/la titular del centro. En cualquier caso, la reserva de plaza
supone la obligación de pago del precio público que corresponda en la misma forma que
cualquier otro/a residente.
No se incluye en el precio los siguientes servicios:
Los prestados por profesionales ajenos (podólogos/as, peluqueros/as…).
Médicos especialistas (cardiólogos, traumatólogos/as, odontólogos/as...).
Análisis clínicos y medicamentos que el/la usuario/a precise.
Medios de transportes (autobuses, taxis…), teléfonos y otros gastos de carácter
personal (útiles de aseo).
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29417
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Alojamiento digno: utilización de la habitación asignada y uso de las zonas y servicios
comunes en los términos autorizados.
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena y resopón. El
menú será común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten
un régimen de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas y con el mismo derecho de otros residentes a dicha
utilización.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los empleados del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro, videollamadas o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Participar de las actividades comunes que se realicen.
Respeto a sus derechos fundamentales, y en especial a la intimidad, la libertad política
e ideológica y la libertad de expresión.
A reserva de la plaza al residente que se ausente del centro, previa comunicación, por
un plazo seguido de hasta dos meses o plazo superior si la ausencia está motivada por
motivos de salud o familiares graves. La reserva de plaza por plazo superior requerirá
autorización expresa del/la titular del centro. En cualquier caso, la reserva de plaza
supone la obligación de pago del precio público que corresponda en la misma forma que
cualquier otro/a residente.
No se incluye en el precio los siguientes servicios:
Los prestados por profesionales ajenos (podólogos/as, peluqueros/as…).
Médicos especialistas (cardiólogos, traumatólogos/as, odontólogos/as...).
Análisis clínicos y medicamentos que el/la usuario/a precise.
Medios de transportes (autobuses, taxis…), teléfonos y otros gastos de carácter
personal (útiles de aseo).
CVE:
BOP-2023-6882
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29417