Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alía. (BOP-2023-6881)
BOP-2023-6881 Aprobación definitiva de la tasa por estancia y uso de los servicios de la Residencia de Mayores y Centro de Día.
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Manutención:1000 €/mes.
Asistencia: 550 €/mes.
C) Centro de Día usuarios/as con plazas conveniadas.
Dependiente ingresos inferiores al SMI: 15%.
Dependientes ingresos superiores al SMI: 25%.
Incremento servicio temporal: 25%.
En los 15 días posteriores al ingreso, y durante toda la estancia, siempre que se observe un
cambio en la situación del/a residente, los/as profesionales sanitarios/as y/o sociosanitarios/as
(DUE, Terapeuta Ocupacional, Fisioterapeuta y Psicólogo/a) realizarán una evaluación de la
capacidad de la persona para la realización de las actividades básicas para la vida diaria,
utilizando el instrumento Índice de Barthel. Del mismo modo, para evaluar la dependencia
funcional que está estrechamente unida a la aparición de alteraciones cognitivas se utilizará el
Test Minimental. Estas valoraciones deben estar firmadas con el número de colegiado/a. En
función de los resultados obtenidos se elaborará un plan de actuación individualizado para la
persona con el objetivo de mejorar sus funciones físicas, cognitivas y funcionales, para
favorecer su autonomía.
Tipos de tarifas:
A) Personas con resolución de grado reconocido por el SEPAD. Cuando la resolución se haya
producido en los últimos 6 meses anteriores a la fecha de ingreso en el centro, y no haya
sufrido una grave enfermedad, o situación que cambie sus capacidades para la realización de
las actividades básicas de la vida diaria. Se le aplicará la tarifa sellada por el SEPAD de
acuerdo a su grado reconocido.
B) Personas que no dispongan de resolución de grado de dependencia por el SEPAD. Las
tarifas serán establecidas según las necesidades de atención de la persona, resultantes de la
valoración inicial realizada en los primeros 15 días desde ingreso con los indicativos: Indice de
Barthel y test Minimental.
C) Personas con plaza de Convenio. Se atenderá a lo dispuesto por la Junta de Extremadura.
Para todas las personas residentes encuadradas tanto en las tarifas A ó B, en el caso de que
cambie su situación, empeoramiento/mejora, se realizará de nuevo una evaluación de sus
capacidades y se aplicará la tarifa de precios del SEPAD acorde a la clasificación de la escala
de Barthel, test Minimental y/o informes médicos si los hubiese.
CVE:
BOP-2023-6881
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
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