Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2023-6868)
BOP-2023-6868 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la utilización del Gimnasio Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE PORTAJE (CÁCERES)
C/ Laguna, 1 - C.P. 10883 Tef.: 927146771 Fax: 927146755 e-mail: aytoportaje@gmail.com
Para obtener la tarjeta de acceso es necesario rellenar la declaración
responsable de uso de la instalación, así como la autorización paterna si se es
menor de 18 años.
El acceso y utilización del Gimnasio Municipal será controlado y grabado
por video- cámaras situados en el mismo.
El tiempo máximo de permanencia en la sala de aparatos para la práctica de
actividad física será de una hora y media por usuario (siempre que el aforo esté
completo), en caso de que esto no suceda, el tiempo de permanencia será el que el
usuario necesite.
Artículo 5. Horario y autorizaciones.
Queda prohibido terminantemente el acceso a la instalación fuera del horario
establecido.
El Ayuntamiento puede autorizar excepcionalmente el uso de las
instalaciones fuera de los horarios habituales.
La entrada al recinto se realizará de acuerdo con alguna de las siguientes
modalidades:
• Abono de la o pago por posesión de tarjeta de acceso.
• Mediante identificación personalizada que acredite la pertenencia a
programasdeportivos municipales (Dinamización Deportiva).
• En cualquier otro acto o evento deportivo organizado por el Ayuntamiento
de Portajepodrán acceder al recinto cualquier persona que lo desee.
No se autoriza la entrada de animales al recinto del Gimnasio. Se exceptúa
de esta prohibición los perros lazarillos, siempre que vayan debidamente
identificados estén realizando su labor y cumplan las condiciones de higiene y
salubridad.
Artículo 6. Precio Público.
El acceso al Gimnasio Deportivo Municipal será gratuito para todas las
personas empadronadas o con vivienda en Portaje, debiendo abonar 10€ en
concepto de fianza por la utilización de la tarjeta de acceso a la instalación.
Para no residentes en Portaje, será gratuito una vez obtengan la tarjeta de
acceso que les costará 20€.
Para hacer un uso especial de algún espacio, será necesario solicitarlo al/a
Alcalde/sa de la Corporación.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de
Portaje, tiene la facultad de, como medida cautelar, de negar el acceso o expulsar
a aquellas personas que incumplan de forma reiterada, alguno de los puntos
contenidos en esta ordenanza y en la restante normativa legal aplicable, o cuyas
acciones pongan en peligro la seguridad, salud o tranquilidad de los/as
trabajadores/as, usuarios/as, vecinos/as o cualesquiera otra persona. El acceso a
las instalaciones supone la aceptación de todo lo recogido en esta ordenanza.
Cód.
Validación:
7G9LZTS6HF4D9N5G42FA6MEG5
Verificación:
https://portaje.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-6868
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
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