Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2023-6859)
BOP-2023-6859 Bases convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, de un/a Secretario/a Interventor/a mediante el sistema de concurso oposición para cubrir la vacante de la agrupación de entidades locales.
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realizándose una nueva propuesta de nombramiento interino a favor de la siguiente persona
aspirante según el orden de puntuación obtenida, y siempre que la misma haya superado la
fase de oposición.
8. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
9. Impugnación de la convocatoria.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las actuaciones del
tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10. Relación de personas candidatas.
Una vez finalizada la calificación del proceso selectivo y a los efectos de lo previsto en la base
séptima, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la
página web de las entidades locales de la agrupación, la relación de personas aspirantes que
hayan superado el proceso de selección por orden de puntuación, constituyéndose una
relación de personas candidatas para la provisión interina del citado puesto, que tendrá una
vigencia máxima de cinco años, en caso de quedar nuevamente vacante.
Ibahernando, 10 de noviembre de 2023
Agustín Búrdalo Ruiz
ALCALDE Y PRESIDENTE DE LA AGRUPACIÓN SECRETARIAL.
CVE:
BOP-2023-6859
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
Pág. 29251
aspirante según el orden de puntuación obtenida, y siempre que la misma haya superado la
fase de oposición.
8. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
9. Impugnación de la convocatoria.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las actuaciones del
tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10. Relación de personas candidatas.
Una vez finalizada la calificación del proceso selectivo y a los efectos de lo previsto en la base
séptima, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la
página web de las entidades locales de la agrupación, la relación de personas aspirantes que
hayan superado el proceso de selección por orden de puntuación, constituyéndose una
relación de personas candidatas para la provisión interina del citado puesto, que tendrá una
vigencia máxima de cinco años, en caso de quedar nuevamente vacante.
Ibahernando, 10 de noviembre de 2023
Agustín Búrdalo Ruiz
ALCALDE Y PRESIDENTE DE LA AGRUPACIÓN SECRETARIAL.
CVE:
BOP-2023-6859
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
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