Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2023-6859)
BOP-2023-6859 Bases convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, de un/a Secretario/a Interventor/a mediante el sistema de concurso oposición para cubrir la vacante de la agrupación de entidades locales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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provisional de personas admitidas y excluidas, otorgándose un plazo de reclamaciones de
cinco días hábiles.
Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en
el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, así como la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo
transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las
mismas.
5. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases de concurso y
oposición:
Oposición. Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el tribunal
señale, de uno o más supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del
puesto de trabajo, que será propuesto por el tribunal en el momento previo a la
celebración del examen, conforme al temario de la subescala de Secretaría-
Intervención, aprobado por la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública,
HFP/1076/2022, de 7 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el
acceso libre a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. N.º 271, de 11 de
noviembre de 2022).
Se pueden utilizar los textos legales que la persona aspirante considere necesarios a
excepción de aquellos que estén comentados o contengan formularios.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para quienes sean aspirantes y será calificado
por el tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos que no tengan una
puntuación mínima de 5 puntos.
Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y tomará en cuenta la
valoración de los siguientes méritos, asignándose una puntuación máxima de 4 puntos:
Superación de ejercicios en pruebas selectivas o procesos de selección para la
constitución de relaciones de personas candidatas (máximo 2,5 puntos):
La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretaría-Intervención
de la escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter
CVE:
BOP-2023-6859
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
Pág. 29248
cinco días hábiles.
Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en
el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, así como la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo
transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las
mismas.
5. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases de concurso y
oposición:
Oposición. Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el tribunal
señale, de uno o más supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del
puesto de trabajo, que será propuesto por el tribunal en el momento previo a la
celebración del examen, conforme al temario de la subescala de Secretaría-
Intervención, aprobado por la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública,
HFP/1076/2022, de 7 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el
acceso libre a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. N.º 271, de 11 de
noviembre de 2022).
Se pueden utilizar los textos legales que la persona aspirante considere necesarios a
excepción de aquellos que estén comentados o contengan formularios.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para quienes sean aspirantes y será calificado
por el tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos que no tengan una
puntuación mínima de 5 puntos.
Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y tomará en cuenta la
valoración de los siguientes méritos, asignándose una puntuación máxima de 4 puntos:
Superación de ejercicios en pruebas selectivas o procesos de selección para la
constitución de relaciones de personas candidatas (máximo 2,5 puntos):
La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretaría-Intervención
de la escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter
CVE:
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Verificable
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