Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2023-6856)
BOP-2023-6856 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante.
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día siguiente al término del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin
haberse notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimada su
solicitud.
2. Las autorizaciones para el ejercicio del Comercio ambulante, serán concedidas por la
Alcaldía.
3. Como resultado del procedimiento se creará una lista de espera, a fin de cubrir las posibles
vacantes que surjan hasta la nueva convocatoria.
ARTÍCULO 18. Ubicación.
El mercadillo se ubicará en: PLAZA DEL CAÑO de Cilleros.
El Ayuntamiento podrá acordar, por razones de interés público y mediante acuerdo motivado, el
traslado del emplazamiento habitual del mercadillo, comunicándose a la persona titular de la
autorización con una antelación de quince días, salvo que por razones de urgencia este plazo
deba ser reducido. La ubicación provisional sólo podrá mantenerse mientras no desaparezcan
los motivos que han ocasionado el traslado.
ARTÍCULO 19. Fecha de Celebración y Horario.
El mercadillo se celebrará, ordinariamente, los JUEVES y el horario será el siguiente: 08:00 a
14:00 horas.
La Alcaldía, por razones motivadas, por coincidencia en festivos, u otros motivos, podrá variar
el día y/o el horario ordinario.
ARTÍCULO 20. Puestos.
1. El mercadillo, salvo variaciones aprobadas por esta Entidad Local, constará de 30 puestos,
instalados en los lugares marcados por el Ayuntamiento.
2. El tamaño de los puestos es:
- PUESTO N.º 1 – 5 METROS lineales.
- PUESTO N.º 2 – 5 METROS lineales.
- PUESTO N.º 3 – 6METROS lineales.
- PUESTO N.º 4 - 6 METROS lineales.
CVE:
BOP-2023-6856
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
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