Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-6850)
BOP-2023-6850 Bases para la provisión interina del puesto de Intervención, clase segunda, correspondiente a la Subescala de Intervención - Tesorería categoría de entrada.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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IV. Plazo y forma de presentación de instancias.
Las personas interesadas en tomar parte en las pruebas deberán presentar su solicitud, conforme al
modelo Anexo I de las presentes Bases, en la que se hará constar conocen y aceptan estas bases y
reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas para participar en el proceso selectivo, sin
perjuicio de su posterior acreditación al finalizar el proceso selectivo.
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, y
se presentarán, en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquier otra forma de las previstas en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, por los
siguientes medios:
a) Telemáticamente:
En el registro electrónico del Ayuntamiento o en el registro electrónico de las Administraciones
públicas relacionadas en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones públicas.
b) Presencialmente:
En el Registro General del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, sito en Plaza de Constitución,
16 en horario de 09:00 a 14:00 horas.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
Si se opta por esta última opción, es decir, si las solicitudes se presentan en cualquiera de los registros
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ajenos a los del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz, habrá enviar un correo electrónico a la dirección secretaria@arroyodelaluz.es dentro
del plazo establecido de presentación de solicitud para formar parte del proceso selectivo, con la
indicación de los datos de la persona que ha presentado la solicitud, la forma, el lugar y la fecha de
presentación y los datos de contacto del lugar donde se haya presentado la solicitud. La no
comunicación complementaria por este medio conllevará la exclusión del aspirante por razones
organizativas, ya que el establecimiento de las personas admitidas y excluidas en un proceso selectivo
debe poder tramitarse con agilidad, principio que se podría ver conculcado a raíz de la presentación
por estos medios establecidos en la normativa de procedimiento administrativo que supusiera el
recibimiento de las solicitudes transcurrido sobradamente el plazo establecido a estos efectos. En todo
caso, transcurridos cinco días naturales siguientes a la fecha de finalización de los plazos establecidos
sin que se haya recibido la solicitud, ésta no será admitida.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, aparte de enviar el
correo al que se hace referencia en el apartado anterior, se hará en sobre abierto para que la instancia
sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada, realizándose el envío de
conformidad con el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento por el que se regula la presentación de los servicios postales.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la solicitud de participación en el proceso de
selección, con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de
convocatoria.
Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo
de presentación de solicitudes.
Cód.
Validación:
7JEAZ7GD6PRAR6NSKTREMKS7M
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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15
CVE:
BOP-2023-6850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
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Las personas interesadas en tomar parte en las pruebas deberán presentar su solicitud, conforme al
modelo Anexo I de las presentes Bases, en la que se hará constar conocen y aceptan estas bases y
reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas para participar en el proceso selectivo, sin
perjuicio de su posterior acreditación al finalizar el proceso selectivo.
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, y
se presentarán, en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquier otra forma de las previstas en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, por los
siguientes medios:
a) Telemáticamente:
En el registro electrónico del Ayuntamiento o en el registro electrónico de las Administraciones
públicas relacionadas en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones públicas.
b) Presencialmente:
En el Registro General del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, sito en Plaza de Constitución,
16 en horario de 09:00 a 14:00 horas.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
Si se opta por esta última opción, es decir, si las solicitudes se presentan en cualquiera de los registros
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ajenos a los del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz, habrá enviar un correo electrónico a la dirección secretaria@arroyodelaluz.es dentro
del plazo establecido de presentación de solicitud para formar parte del proceso selectivo, con la
indicación de los datos de la persona que ha presentado la solicitud, la forma, el lugar y la fecha de
presentación y los datos de contacto del lugar donde se haya presentado la solicitud. La no
comunicación complementaria por este medio conllevará la exclusión del aspirante por razones
organizativas, ya que el establecimiento de las personas admitidas y excluidas en un proceso selectivo
debe poder tramitarse con agilidad, principio que se podría ver conculcado a raíz de la presentación
por estos medios establecidos en la normativa de procedimiento administrativo que supusiera el
recibimiento de las solicitudes transcurrido sobradamente el plazo establecido a estos efectos. En todo
caso, transcurridos cinco días naturales siguientes a la fecha de finalización de los plazos establecidos
sin que se haya recibido la solicitud, ésta no será admitida.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, aparte de enviar el
correo al que se hace referencia en el apartado anterior, se hará en sobre abierto para que la instancia
sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada, realizándose el envío de
conformidad con el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento por el que se regula la presentación de los servicios postales.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la solicitud de participación en el proceso de
selección, con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de
convocatoria.
Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo
de presentación de solicitudes.
Cód.
Validación:
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