Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-6850)
BOP-2023-6850 Bases para la provisión interina del puesto de Intervención, clase segunda, correspondiente a la Subescala de Intervención - Tesorería categoría de entrada.
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Régimen: Nombramiento interino, de conformidad con el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de
16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional.
III. Requisitos generales y específicos para la admisión de los/as aspirantes.
3.1. Para tomar parte en el proceso selectivo, los/as aspirantes deberán reunir en la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias, de acuerdo con la convocatoria, los siguientes
requisitos generales:
1º. Nacionalidad. De acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo
público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores, no podrán acceder
los nacionales de otros Estados a las subescalas de Secretaría, Intervención-tesorería, y Secretaría-
intervención, de la escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter
nacional y, por eso, es requisito imprescindible para participar en este proceso tener la nacionalidad
española, de conformidad con el artículo 19.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
2º. Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales
vigentes para la jubilación forzosa.
3º. Titulación. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo
de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o
escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre. Quienes sean aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente homologación del título. La titulación exigible será la de grado
universitario o bien el título de doctor, licenciado, ingeniero o equivalente.
4º. Habilitación. No haber sido separado/a del servicio mediante resolución firme de ninguna
Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de
empleos o caros públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder a la escala de personal
funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.
5º. Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
6º. Incompatibilidad. No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas.
3.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la
toma de posesión como personal funcionario interino.
3.3. Haber abonado la correspondiente tasa por participación en procesos de selección.
Los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 35,00 euros, cuyo hecho imponible lo
constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria, debiendo atender en
cuanto a reducciones, exenciones y bonificaciones a lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de
la citada tasa.
La tasa indicada deberá liquidarse mediante abono en el siguiente número de cuenta ES-06-3009-
0105-41-2444182428 de Caja Rural de Extremadura.
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Jueves, 16 de noviembre de 2023
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