Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-6696)
BOP-2023-6696 Normas reguladoras Plan subvenciones Operadores TIC Mancomunidades Integrales de la Provincia 2024.
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NORMATIVA DE APLICACIÓN.
• Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades
Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
• Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
• Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y Real Decreto 887/2006 de 21 de
julio, que aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, con carácter supletorio a lo dispuesto
en estas Normas.
• Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
• Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Cáceres para el 2023.
• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y
modificaciones operadas.
• Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de
Extremadura.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
• Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto
de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de
Presupuestos.
• Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.
NORMA PRIMERA. OBJETO. ENTIDADES BENEFICIARIAS. COMPETENCIA. ACTUACIONES
SUBVENCIONABLES.
OBJETO
El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la Ordenanza
General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas a través
de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2023, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, los art. 14.2 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Base
41 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2023, habiéndose previsto que esta subvención se
lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.
La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las mancomunidades
beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la NORMA QUINTA de las
presentes normas reguladoras.
De conformidad con lo dispuesto en el Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, se considera conveniente y oportuna la concesión de estas ayudas mediante el
procedimiento de concesión directa en en régimen de convocatoria abierta.
CVE:
BOP-2023-6696
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
Pág. 28735
• Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades
Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
• Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
• Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y Real Decreto 887/2006 de 21 de
julio, que aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, con carácter supletorio a lo dispuesto
en estas Normas.
• Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
• Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Cáceres para el 2023.
• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y
modificaciones operadas.
• Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de
Extremadura.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
• Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto
de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de
Presupuestos.
• Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.
NORMA PRIMERA. OBJETO. ENTIDADES BENEFICIARIAS. COMPETENCIA. ACTUACIONES
SUBVENCIONABLES.
OBJETO
El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la Ordenanza
General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas a través
de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2023, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, los art. 14.2 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Base
41 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2023, habiéndose previsto que esta subvención se
lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.
La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las mancomunidades
beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la NORMA QUINTA de las
presentes normas reguladoras.
De conformidad con lo dispuesto en el Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, se considera conveniente y oportuna la concesión de estas ayudas mediante el
procedimiento de concesión directa en en régimen de convocatoria abierta.
CVE:
BOP-2023-6696
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
Pág. 28735