Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-6667)
BOP-2023-6667 Arrendamiento de bien inmueble.
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ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE POR CONCURSO
[AYUNTAMIENTO ARRENDADOR]
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio y el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho
privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el
conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y
adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las
controversias que surjan entre las partes.
CONDICIÓN SINE QUA NON
El futuro adjudicatario de este contrato, deberá dejar este Albergue a
disposición del Ayuntamiento durante dos fines de semana, sin determinar, del mes
de Agosto, sin percibir por ello contraprestación alguna.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Ayuntamiento de Cedillo
Cód.
Validación:
97WC6JCCHY6NE52CQMQNCX9JF
Verificación:
https://cedillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-6667
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de noviembre de 2023
N.º 0213
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