Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2023-6666)
BOP-2023-6666 Ordenanza uso de Instalaciones Municipales.
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TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. OBJETO.
El objeto de la presente Ordenanza es la regulación del uso temporal o esporádico de edificios,
locales e instalaciones municipales para usos privados por particulares y asociaciones,
empadronados/as o con domicilio social en Castañar de Ibor (Cáceres).
Es fundamento legal del presente Reglamento la potestad que reconoce el artículo 84 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que las
Entidades Locales podrán intervenir en la actividad de los/as ciudadanos/as a través de las
Ordenanzas y los Bandos.
En cumplimiento del mismo, y siguiendo el procedimiento del artículo 49 de la Ley de Bases de
Régimen Local, se acuerda establecer la presente Ordenanza que regule el uso temporal o
esporádico de edificios, locales e instalaciones municipales de carácter público por particulares
y asociaciones.
Así pues, la presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del uso de las instalaciones
culturales municipales y otras dependencias que tienen la condición de bienes de servicio
público (Pabellón Multiusos), a ciudadanos/as, asociaciones, entidades públicas o privadas,
para la realización de actividades culturales o sociales, reuniones, exposiciones, fiestas, etc.,
siempre que se haga un uso responsable del mismo.
Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de la normativa dispuesta en materia de actividades y
espectáculos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y USO DE LOS EDIFICIOS, LOCALES E
INSTALACIONES MUNICIPALES.
Las normas de la presente Ordenanza serán de aplicación a todos los edificios locales e
instalaciones municipales susceptibles de utilización por particulares y asociaciones, siempre
que no cuenten con una Ordenanza específica del mismo objeto o la utilización del local,
edificio o instalación municipal estuviere regulada por un contrato específico, principalmente, el
Pabellón Multiusos Municipal, dadas sus características.
Los edificios, locales e instalaciones municipales, podrán ser utilizados por particulares y/o
CVE:
BOP-2023-6666
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de noviembre de 2023
N.º 0213
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